Consorcios: ¿Por qué ahorramos para el fondo de reserva?
06-05-2011
Aprendé más sobre tu fondo de reserva:
-Su fin: el fondo se puede usar para solucionar problemas imprevistos como cañerías rotas, inundaciones en el edificio, etc. Y para llevar a cabo obras programadas por el consorcio como pintura completa del edificio, cambios en la fachada, refuncionalización de espacios comunes, etc. No se utiliza para el cobro de deudas ni honorarios o sueldos de proveedores.
-Monto a pagar: lo decide el propio consorcio. Puede expresarse como un monto mensual o porcentaje de las expensas y suele estar detallado en el Reglamento de Co-propiedad (no siempre está fijado allí, algunos consorcios lo acuerdan verbalmente). Se paga mensualmente junto con las expensas.
-El dinero físicamente: lo suele tener el administrador. La mayoría de las administraciones abre una cuenta en el banco que se utiliza para el fondo de reserva y suele ser controlado por el Consejo de Administración. Los vecinos pueden solicitar información sobre el fondo al consejo o administración. El monto que se fija tiene relación con el tipo de consorcio, servicios y posibilidad económica de los vecinos.
-Obligatoriedad: no es obligatorio tener un fondo de reserva. La ley de Propiedad Horizontal no dice nada al respecto, sin embargo los administradores recomiendan siempre tener uno para eventualidades. Generalmente los reglamentos de Co-propiedad estipulan la creación de un fondo de reserva para urgencias del consorcio.
-Decisión por asamblea: lo ideal es que se defina por asamblea el uso del fondo de reserva. Como significa la plata de muchos vecinos, es recomendable que todos estén de acuerdo para gastarlo. No es común que el administrador lo gaste sin consultar, aunque sea se debería consultar al Consejo de Administración. No es necesario reponerlo inmediatamente, como algunos piensan.
Fuente: www.coterranea.com